Certificado de Defunción de Alicante
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Solicitar Certificado de Defunción en Alicante
Si necesitas solicitar un certificados de defunción en Alicante, aquí te explicamos cómo hacerlo, las diferentes modalidades y la documentación a presentar.
¿Cómo solicitar un certificado de defunción en Alicante?
Existen tres modalidades para solicitar un acta de defunción inscrito en cualquier Registro Civil de la provincia de Alicante:
1. Solicitud online (rápida y cómoda)
Necesitas:
- Acceder con certificado digital o cl@ve, si deseas descarga electrónica.
- Rellenar el formulario con los datos del fallecido (nombre completo, fecha y lugar de fallecimiento).
- Indicar el tipo de certificado requerido y la dirección de envío en caso de envío postal.
Tambien es posible solicitarla a través de este sitio web.
2. Solicitud presencial en el Registro Civil
Acudir personalmente al Registro Civil en la dirección indicada en esta página y en la oficina deberás rellenar el impreso de solicitud y presentar la documentación necesaria.
3. Solicitud por correo electrónico o postal
Si no puedes desplazarte y no deseas hacer el trámite online, puedes enviar una carta al Registro Civil correspondiente. En ella debes indicar los datos del fallecido y la dirección postal donde quieres recibir el certificado.
¿Cuánto tarda el trámite de obtención del acta de defunción?
El plazo de entrega puede variar según la modalidad elegida:
- Online o presencial: descarga inmediata si está digitalizado o a los pocos días.
- Por correo electrónico o postal: puede tardar de 10 a 15 días hábiles, dependiendo del servicio postal.
Documentación para solicitar el acta o partida de defunción
Para realizar la solicitud, deberás proporcionar la siguiente información:
- Fecha y lugar de fallecimiento.
- Datos identificativos del fallecido (nombre y apellidos completos).
Solicita tu certificada de defunción de Alicante ahora
Haz clic en el botón y completa el formulario.
Recibirás el certificado o partida de defunción de Alicante en el domicilio.
Este servicio es ideal si buscas ahorrar tiempo, evitar desplazamientos, errores, sin necesidad de DNI electrónico ni Cl@ve y sin depender de plataformas oficiales complejas.
Este sitio web no pertenece a la Administración Pública. Los certificados que tramitamos son oficiales y gratuitos en la sede del Ministerio correspondiente.
Preguntas frecuentes sobre el certificado en Alicante de Defunción
El certificado de defunción en extracto es un resumen de la información contenida en la inscripción de defunción en el Registro Civil. Incluye datos básicos como:
Nombre y apellidos del fallecido
Fecha y lugar de la defunción
Datos registrales del asiento
Existen dos modalidades: ordinario (en español) y plurilingüe (válido en varios países). Es útil para trámites en los que no se requiere el certificado literal completo.
En realidad, son dos documentos diferentes que suelen solicitarse juntos en casos como herencias o seguros:
Certificado de defunción: acredita oficialmente el fallecimiento.
Certificado de últimas voluntades: indica si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario.
El certificado de defunción es imprescindible para poder solicitar el de últimas voluntades.
El certificado de defunción plurilingüe es una versión en extracto del certificado, redactada en varios idiomas oficiales del Convenio de Viena (Austria, Francia, Alemania, Italia, etc.).
Se utiliza para trámites internacionales, evitando la necesidad de traducción jurada cuando el país receptor es firmante del convenio. Se solicita igual que el certificado ordinario, pero indicando la modalidad plurilingüe.
En España, “certificado de defunción” y “acta de defunción” suelen usarse como sinónimos en el lenguaje común. Técnicamente:
El acta de defunción es la anotación original en el libro del Registro Civil.
El certificado de defunción es la copia oficial de esa anotación, expedida para trámites legales.
Ambos hacen referencia al mismo hecho registral y tienen validez legal.
El certificado o partida de defunción lo facilita el Registro Civil del municipio donde ocurrió el fallecimiento o, en su defecto, el Juzgado de Paz correspondiente si no hay oficina del Registro en la localidad.
Además, si el fallecimiento se produjo en el extranjero, se puede obtener en el Consulado o Embajada de España en el país donde ocurrió.
Actas y certificados de Alicante
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